°. Los Fondos Regionales de Capitalización Social destinarán sus recursos a los siguientes fines e inversiones
Al pago a cada trabajador afiliado del auxilio de cesantías a que tenga derecho en el momento de su retiro o de los anticipos autorizados por las disposiciones vigentes y de las participaciones en los rendimientos y valorizaciones de activos que eventualmente decreta el respectivo fondo;
En bonos de la Corporación Financiera Popular cuya finalidad sea captar recursos para el fomento de la pequeña y mediana industria y la artesanía:
En bonos del Instituto de Fomento Industrial;
En valores que, bajo la denominación de "Bonos de Fomento Popular" emita la Corporación Financiera Popular. Estos documentos se emitirán en la cuantía y con las características que determine la Junta Directiva de la Corporación, previo concepto favorable de la Junta Monetaria;
En nuevas emisiones de acciones de sociedades anónimas, siempre que estén inscritas en bolsa de valores y sean nacionales o mixtas:
En bonos de sociedades anónimas nacionales o mixtas inscritas en bolsas de valores; y
En compra de inversiones y otros Fondos Regionales de Capitalización Social, cuando así lo disponga el Consejo Nacional Coordinador de que trata el presente Decreto.