Micelio

Artículo 16

De La Lei, I La Direccion No Hubiere Procedido A Rescindir El Contraro, Será Una Obligacion Impresindible De La Espresada Oficina Informar Al Gobierno De Los Motivos Que Haya Tenido Para No Verificarlo, Cumpliendo Lo Que En Consecuencia Se Le Ordene

Decreto 18661115 de 1866 · en ejecución de la lei de 13 de junio último, orgánica del servicio de Correos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 16.° Cuando ocurra el caso de rescision de que habla la condicion 6, a artículo 44 de la lei, i la direccion no hubiere procedido a rescindir el contraro, será una obligacion impresindible de la espresada oficina informar al Gobierno de los motivos que haya tenido para no verificarlo, cumpliendo lo que en consecuencia se le ordene.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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