Artículo sexto. Con base en los nuevos recursos de que trata el artículo anterior, ábrense créditos en el presupuesto de gastos por valor de un millón setenta y cinco mil pesos ($ 1.075.000) moneda corriente, distribuidos así: Capítulo III Secretaría de Gobierno y Obras Públicas. Sección de Obras y Fomento Agropecuario. c) Inversiones.
Decreto 2302 de 1966 →Vigente
Artículo 6
Decreto 2302 de 1966 · por el cual se hacen unas adiciones en los presupuestos de rentas y gastos de las Intendencias.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.