Micelio

Artículo 12

Las Solicitudes De Horarios Para Rutas Que El Instituto Haya Otorgado O Negado En Los Doce (12) Meses Anteriores, No Serán Consideradas

Decreto 2558 de 1984 · Por el cual se reglamenta el otorgamiento de rutas y horarios por carretera de uso público del país, mediante permiso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las solicitudes de horarios para rutas que el Instituto haya otorgado o negado en los doce (12) meses anteriores, no serán consideradas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2558 de 1984