Artículo segundo. El Instituto Colombiano de Construcciones Escolares –ICCE, procederá de conformidad con las disposiciones legales vigentes a suprimir de su organización interna la estructura de la Unidad cuyas funciones se transfieren y los cargos creados para el cumplimiento de las mismas. Por su parte, el Instituto Colombiano de Pedagogía –ICOLPE, a través del Consejo Directivo de la Universidad Pedagógica Nacional, propondrá al Gobierno Nacional, la aprobación de los Acuerdos que amplían la estructura del Instituto y la planta de personal para atender el nuevo servicio asignado.
El Ministerio de Educación Nacional a través de la Oficina de Planeamiento Educativo, asesorará al ICOLPE en el diseño de la nueva organización que adoptarán los Centros Regionales de Capacitación.