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Artículo 21

Subdirección De Seguimiento Y Análisis

Decreto 3264 de 2002 · por el cual se establece la estructura del nivel central del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Seguimiento y Análisis. La Subdirección de Seguimiento y Análisis es la dependencia encargada de consolidar y realizar el análisis de la información con el fin de facilitar el control y promover la mejora de la calidad en la prestación de los servicios de atención relacionada con la niñez y la familia. Conforme a las políticas e instrucciones de la Dirección de Evaluación, son funciones de la Subdirección de Seguimiento y Análisis las siguientes

1.

Diseñar e implementar un sistema de seguimiento y evaluación de servicios de atención a la niñez y la familia, soportado en los estándares, procesos y procedimientos que desarrolle la Dirección Técnica.

2.

Realizar seguimiento y evaluación permanente a los procesos de articulación y desarrollo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar

3.

Realizar seguimiento y evaluación a los compromisos y resultados en torno al mejoramiento de las condiciones de vida de la niñez.

4.

Realizar seguimiento y evaluación a la participación del ICBF en la ejecución de los planes de carácter nacional e intersectorial, tales como alimentación y nutrición, violencia intrafamiliar y otros.

5.

Realizar el seguimiento y evaluación a todos los proyectos especiales establecidos por las normas del Instituto.

6.

Consolidar la información de los planes, programas, servicios y presentar informes periódicos del estado de la gestión del Instituto, acorde con los métodos diseñados y el proceso de seguimiento permanente realizado.

7.

Las demás que le sean asignadas

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3264 de 2002