Micelio

Artículo 8

Decreto 1651 de 1955 · Por el cual se confiere autorización

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. Los equipos adquiridos en virtud de la autorización conferida por este Decreto, estarán destinados exclusivamente á la construcción, reconstrucción y pavimentación de las carreteras nacionales, y se autoriza al Ministerio de Obras Públicas para entregar a los contratistas de dicho Ministerio parte de esos equipos en calidad de anticipo de los contratos que se celebren.

Parágrafo

El anticipo a los contratistas de que trata el presente artículo, deberá ser amortizado por descuentos mensuales a favor del Gobierno, que se harán sobre las actas por trabajo ejecutado. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1651 de 1955