Micelio

Artículo 3

Ley 1 de 1971 · Por la cual se decretan unos auxilios como homenaje a la ciudad de Girardot y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional apropiará las partidas indispensables para dar cumplimiento a la presente ley, y queda autorizado para financiarla, hacer los traslados y abrir los créditos presupuestales respectivos para su estricta ejecución.

Parágrafo

El Gobierno dictará las medidas que considere del caso para asegurar que las distintas dependencias favorecidas con la presente ley, cuenten con la permanente asesoría del Departamento de Planeación y el Ministerio de Obras Públicas, a cuyo cargo estará la elaboración de los planes y la interventoría de las obras de propiedad de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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