Con base en el presente Decreto el Consejo Superior expedirá el estatuto general de, la Universidad. Para la modificación de éste y de los otros estatutos o para la expedición de nuevos estatutos, se requerirá la aprobación en dos sesiones del Consejo Superior, efectuadas con un intervalo no menor de treinta días. Del rector
Decreto 82 de 1980 →Vigente
Artículo 14
Con Base En El Presente Decreto El Consejo Superior Expedirá El Estatuto General De, La Universidad
Decreto 82 de 1980 · Por el cual se establece el régimen orgánico de la Universidad Nacional de Colombia y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.