Personas jurídicas y demás contribuyentes. Declaración de Renta y Complementarios. Por el año gravable 2007 deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios en el formulario prescrito por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, las demás personas jurídicas, sociedades y asimiladas, los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los calificados como “Grandes Contribuyentes”. Los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y para cancelar en dos cuotas iguales el valor a pagar por concepto del impuesto de renta y el anticipo, se inician el 4 de febrero del año 2008 y vencen en las fechas del mismo año que se indican a continuación, atendiendo el último dígito del NIT del declarante que conste en el Certificado del Registro Unico Tributario, RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, así: DECLARACION Y PAGO PRIME RA CUOTA Según el último dígito del NIT, así: SI EL ÚLTIMO DÍGITO ES HASTA EL DÍA 3 17 de abril de 2008 2 18 de abril de 2008 1 21 de abril de 2008 0 22 de abril de 2008 9 23 de abril de 2008 8 24 de abril de 2008 7 25 de abril de 2008 6 28 de abril de 2008 5 29 de abril de 2008 4 30 de abril de 2008 PAGO SEGUNDA CUOTA SI EL ÚLTIMO DÍGITO ES HASTA EL DÍA 0 10 de junio de 2008 9 11 de junio de 2008 8 12 de junio de 2008 7 13 de junio de 2008 6 16 de junio de 2008 5 17 de junio de 2008 4 18 de junio de 2008 3 19 de junio de 2008 2 20 de junio de 2008 1 23 de junio de 2008
Las sucursales de sociedades extranjeras, o las personas naturales no residentes en el país, que presten en forma regular el servicio de transporte aéreo, marítimo, terrestre o fluvial entre lugares colombianos y extranjeros, podrán presentar la declaración de renta y complementarios por el año gravable 2007 y cancelar en una sola cuota el impuesto a cargo y el anticipo hasta el 20 de octubre de 2008, cualquiera sea el último dígito del NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Unico Tributario (sin tener en cuenta dígito de verificación), sin perjuicio de los tratados internacionales vigentes.