De conformidad con el artículo 364 de la Ley 2294 de 2023, el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público coordinarán de forma conjunta la consolidación de información técnica centralizada requerida para la gestión, el monitoreo y evaluación del gasto público orientado a resultados del Presupuesto General de la Nación.
La información de Programas del gasto público será administrada conjuntamente entre la Dirección de Proyectos e Información de Inversión Pública del Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para garantizar una adecuada administración de los programas y el seguimiento integral de la ejecución asociada a la clasificación programática del Presupuesto General de la Nación.
Con fundamento en lo anterior, los informes mensuales de ejecución del Presupuesto General de la Nación deben incluir una lectura programática del gasto. Con este propósito, las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nación deben suministrar la información que para tal fin sea requerida por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación.