° La Dirección Del Departamento Administrativo De Seguridad estará a cargo del jefe del mismo, quien ejercerá con la inmediata colaboración del Sub Jefe y del Sub Jefe administrativo. El Jefe del Departamento será la primera autoridad administrativa y técnica del mismo. Las faltas accidentales del jefe del Departamento Administrativo de seguridad serán suplidas, en su orden, por el Sub-Jefe Operativo o por el Sub-Jefe Administrativo y en defecto de éstos, por los jefes de las Divisiones, de acuerdo con el siguiente orden de prelaciones: Policía Judicial, Orden Público, Técnica Criminalística e Identificación y Extranjería. Esta designación la hará el jefe del departamento Administrativo de seguridad comunicándola inmediatamente al señor Presidente de la Republica.
Decreto 1717 de 1960 →Vigente
Artículo 4
La Dirección Del Departamento Administrativo De Seguridad Estará A Cargo Del Jefe Del Mismo, Quien Ejercerá Con La Inmediata Colaboración Del Sub Jefe Y Del Sub Jefe Administrativo
Decreto 1717 de 1960 · Por el cual se organiza el Departamento Administrativo de Seguridad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.