Las comisiones pueden ser:
De servicio, para ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, o conferencias o seminarios, o realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado;
Para adelantar estudios;
Para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción, cuando el nombramiento recaiga en funcionarios escalafonados en la carrera, y
Para atender invitaciones de Gobiernos extranjeros, de organismos internacionales, o de instituciones privadas.