Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.1.10.3.1 Recursos. Las entidades públicas de la rama ejecutiva del orden nacional y/o territorial atenderán con sus propios recursos lo correspondiente a la implementación del Programa Nacional de Casas de Mujeres Empoderadas, teniendo en cuenta el Marco de Gasto de Mediano Plazo y garantizando su apropiación en cada anualidad.
TEXTO CORRESPONDIENTE A