Micelio

Artículo 294

Decreto 2685 de 1999 · por el cual se modifica la Legislación Aduanera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Terminación de la modalidad. La modalidad de exportación temporal terminará si dentro del plazo fijado se presenta una de las siguientes situaciones

a)

Reimportación por perfeccionamiento pasivo.

b)

Exportación definitiva.

c)

Reimportación en el mismo estado, cuando la mercancía no pudo ser sometida al perfeccionamiento pasivo que motivó la exportación.

d)

Destrucción de la mercancía en el exterior debidamente acreditada ante la Aduana.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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