Micelio

Artículo 163

Además De La Responsabilidad Penal A Que Haya Lugar, Serán Solidariamente Responsables Los Perjuicios Que Pueda Sufrir La Nación: A) Los Ordenadores De Gastos Y Cualesquiera Otro Funcionario De Los Ministerios, Departamentos Administrativos Y Establecimientos Públicos Nacionales Que Contraigan A Nombre De Tales Entidades Obligaciones No Autorizadas En La Ley, O Expidan Giros Para El Pago De Las Mismas; B) Los Funcionarios De La Dirección General Del Presupuesto Que Contabilicen Obligaciones Contraídas Contra Expresa Prohibición Legal, O Los Giros Que Se Emitan Para El Pago De Las Mismas; C) El Director General Del Presupuesto Que Constituya Reservas Para El Pago De Las Obligaciones Contraídas Contra Expresa Prohibición Legal; D) El Contralor General De La República Que Refrende Certificados De Reserva O Giros No Autorizados En La Ley

Decreto 294 de 1973 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Además de la responsabilidad penal a que haya lugar, serán solidariamente responsables los perjuicios que pueda sufrir la Nación

a)

Los ordenadores de gastos y cualesquiera otro funcionario de los Ministerios, Departamentos Administrativos y Establecimientos Públicos Nacionales que contraigan a nombre de tales entidades obligaciones no autorizadas en la Ley, o expidan giros para el pago de las mismas;

b)

Los funcionarios de la Dirección General del Presupuesto que contabilicen obligaciones contraídas contra expresa prohibición legal, o los giros que se emitan para el pago de las mismas;

c)

El Director General del Presupuesto que constituya reservas para el pago de las obligaciones contraídas contra expresa prohibición legal;

d)

El Contralor General de la República que refrende certificados de reserva o giros no autorizados en la ley.

e)

Los pagadores que efectúen pagos y el auditor fiscal que los autorice, cuando con ellos se violen los preceptos consagrados en el presente Estatuto y en las demás normas que regulan la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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