ARTICULO 12 . Funciones del Director General. - Son funciones del Director General de la Corporación
Dirigir la administración de la entidad y la gestión de sus asuntos y actividades de acuerdo con las disposiciones legales y estatutarias y con las determinaciones del Consejo Directivo;
Ejecutar las decisiones del Consejo Directivo
Ejecutar los actos, las operaciones y contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de CORELCA y celebrar directamente éstos cuando su cuantía no exceda de 1.500 salarios mínimos mensuales y legales;
Ejecutar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de CORELCA, de acuerdo con las normas legales;
Presentar oportunamente al Consejo Directivo el proyecto de presupuesto anual de la Corporación, velar por su correcta ejecución y proponerle las modificaciones necesarias;
Presentar a la Oficina de Planeación del Ministerio de Minas y Energía o a la dependencia que haga sus veces el proyecto de presupuesto y los planes de inversión de la Corporación, por lo menos quince días antes de que el respectivo Consejo deba comenzar su estudio y rendir a esa misma Oficina o dependencia los informes que requiera la ejecución de los programas que correspondan a la Corporación;
Presentar a consideración del Consejo Directivo el programa anual de labores de la entidad y los proyectos específicos que hayan de ejecutarse;
Nombrar y remover a los empleados públicos de la Corporación y contratar, conforme a las disposiciones legales y convencionales y al reglamento interno de trabajo, los demás trabajadores de la Corporación;
Presentar al Consejo Directivo los estados financieros de la Corporación y los informes adicionales requeridos;
Proveer el recaudo de los ingresos, ordenar los gastos y velar por la correcta aplicación de los fondos y el debido mantenimiento y utilización de los bienes de la Corporación;
Presentar al Presidente de la República, por conducto del Ministro de Minas y Energía, los informes necesarios sobre la marcha general de la Corporación;
Adoptar, conforme a las disposiciones legales vigentes y estatutarias los manuales de funciones, requisitos mínimos y de procedimientos administrativos;
Proponer al Consejo Directivo para su adopción los proyectos relacionados con tarifas y derechos que deba aplicar la Corporación;
Convocar al Consejo Directivo a sesiones ordinarias y extraordinarias cuando lo estime conveniente;
Conceder vacaciones, permisos y licencias a los funcionarios de la Corporación e imponer las sanciones a que haya lugar, de conformidad con las disposiciones legales que regulan la materia;
Ejecutar las demás funciones que le señalen la Ley o estos estatutos, las que le delegue el Consejo Directivo y las concernientes a la organización y funcionamiento de la Corporación que no estén expresamente atribuídas a otro órgano o autoridad.
Con sujeción a la ley, el Director General podrá delegar en sus subalternos las funciones que le son propias.