Micelio

Artículo 1

º Conforme A Lo Dispuesto En Los Artículos 11 Y 12 De La Ley 80 De 1993 Y Salvo Que Se Trate De Crédito De Proveedores, Las Operaciones De Crédito Público, Las Operaciones Asimiladas A Éstas Y Las Operaciones Propias Del Manejo De La Deuda Pública De La Nación, A Que Se Refiere El Decreto 2681 Del 29 De Diciembre De 1993, Sólo Podrán Ser Celebradas En Nombre De Ésta, Por El Presidente De La República Y Por Los Funcionarios A Quienes Se Les Delega Que Por El Presente Decreto

Decreto 94 de 1994 · por el cual se delega la facultad de celebrar a nombre de la Nación las operaciones a que se refiere el Decreto 2681 de 1993.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Conforme a lo dispuesto en los artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993 y salvo que se trate de crédito de proveedores, las operaciones de crédito público, las operaciones asimiladas a éstas y las operaciones propias del manejo de la deuda pública de la Nación, a que se refiere el Decreto 2681 del 29 de diciembre de 1993, sólo podrán ser celebradas en nombre de ésta, por el Presidente de la República y por los funcionarios a quienes se les delega que por el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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