ARTICULO 52 . Son funciones de la Subdirección de Informática
Responder por el soporte físico y lógico y por los servicios informáticos que requiera la Dirección General de Aduanas;
Coordinar con otros organismos públicos o privados el intercambio de información;
Asesorar y coordinar las actividades conducentes a fomentar la evolución de los sistemas de información, la ampliación de la infraestructura de equipos de computación, el establecimiento de comunicación entre equipos de cómputo y la implantación de esquemas que agilicen o hagan más eficientes los procesos aduaneros;
Establecer un sistema de codificación uniforme para el tratamiento de la información;
Proponer, coordinar y evaluar el desarrollo de planes de informática en concordancia con los planes institucionales;
Coordinar e impulsar el soporte y entrenamiento a los usuarios de informática en la Dirección General de Aduanas;
Velar por la correcta operación de los centros de cómputo de la Dirección General de Aduanas;
Aprobar todas las formas documentales utilizadas en la Dirección General de duanas;
Elaborar el Plan de Actividades de la Subdirección para aprobación del Subdirector General de Aduanas.