Micelio

Artículo 12

El Artículo 35 Del Decreto 1151 De 1989, Quedará Así: “artículo 35

Decreto 784 de 1990 · por el cual se modifican los Decretos 1151 y 1251 de 1989, reglamentarios del artículo 104 de la Ley 32 del 3 de febrero de 1986.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 35 del Decreto 1151 de 1989, quedará así: “Artículo 35. Procedimiento. El Director del establecimiento enviará copia de la resolución que impone la sanción de multa, al pagador de la cárcel. En donde no exista Pagaduría, se hará a través de la entidad pagadora, la cual girará los recaudos a la Caja Especial de establecimiento al cual está adscrito el sancionado. El establecimiento que reciba el descuento, deberá enviar constancia de su recibo a la autoridad que lo ordenó y a quien se le hizo efectivo”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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