Todos los Ministerios, Departamentos Administrativos y Establecimientos Públicos Nacionales, deberán confeccionar en los primeros cuatro meses del año un programa de acción para el año siguiente.
Decreto 1016 de 1960 →Vigente
Artículo 2
Todos Los Ministerios, Departamentos Administrativos Y Establecimientos Públicos Nacionales, Deberán Confeccionar En Los Primeros Cuatro Meses Del Año Un Programa De Acción Para El Año Siguiente
Decreto 1016 de 1960 · Por el cual se fijan los procedimientos para la programación del Presupuesto
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.