Micelio

Artículo 1

Decreto 206 de 1958 · Que aumenta la cuantía de la cuota para el fomento de la industria algodonera

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Elévase, a la cuantía de treinta centavos ($ 0 30) por arroba de algodón de semilla producida, la cuota para fomento de la industria algodonera que por conducto del Instituto de Fomento Algodonero deben pagar los productores de algodón, conforme al Decreto extraordinario número 183 de 1951.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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