Profesores Militares de Cuarta Categoría. Para ser Profesor Militar de Cuarta Categoría. se requiere haber dictado un mínimo de doscientas setenta (270) horas de clase en la materia o materias de la respectiva especialidad, como Profesor de Quinta Categoría en escuelas y centros de enseñanza de las Fuerzas Militares.
El Oficial o Suboficial que con anterioridad a la vigencia de este decreto, haya ejercido el profesorado y dictado un mínimo de doscientas setenta (270) horas de clase en la materia o materias de la especialidad en que aspira a escalafonarse, podrá solicitar su inscripción como Profesor de Cuarta Categoría, adjuntando al efecto los documentos probatorios del caso.