Cuando por causa de recargo de labores en la oficina respectiva se demore la liquidación de los derechos de importación y el destinatario solicite la entrega inmediata de los efectos reconocidos, ésta podrá hacérsele siempre que el interesado haya otorgado la fianza de que trata el artículo 2º de la Ley 64 de 1918 y 6ª del presente Decreto.
Artículo 70
Cuando Por Causa De Recargo De Labores En La Oficina Respectiva Se Demore La Liquidación De Los Derechos De Importación Y El Destinatario Solicite La Entrega Inmediata De Los Efectos Reconocidos, Ésta Podrá Hacérsele Siempre Que El Interesado Haya Otorgado La Fianza De Que Trata El Artículo 2º De La Ley 64 De 1918 Y 6ª Del Presente Decreto
Decreto 160 de 1923 · Por medio del cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del Exterior y se resumen las disposiciones legislativas que con ese servicio tienen relación
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.