Articulo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 538 Edificios Nacionales Construcciones Militares 228. Del artículo 5475. Para construcción de edificios, cuarteles, bases navales y aéreas, escuelas y otras construcciones militares, según distribución que liará el Gobierno Nacional por decreto separado, en el año $ 480.000.00 Ordinal 34 Para terminar la construcción de Alojamiento de Suboficiales de la Base de Palanquero. 200.000.00 Ordinal 36. Para reparaciones del Casino de Oficiales de la Base Aérea de Palanquero 80.000.00 Ordinal 38. Para estudios y proyectos de la Escuela de Aviación, en Cali 200.000.00 Suman los contracréditos $ 480.000.00 480.000.00 MINISTERIO DE GUERRA CAPITULO 163 Aviación Militar. 228. Al artículo 1671/1. Para terminar la construcción del Alojamiento de Suboficiales de la Base de Palanquero $ 200.000.00 328 Al artículo 1671/2. Para reparaciones del Casino de Oficiales de la Base de Palanquero 80.000.00 228 Al artículo 1671/3 Para estudios y proyectos de la Escuela de Aviación, en Cali 200.000.00 Suman los créditos $ 480.000.00
Decreto 2640 de 1956 →Vigente
Artículo 5475
Para Construcción De Edificios, Cuarteles, Bases Navales Y Aéreas, Escuelas Y Otras Construcciones Militares, Según Distribución Que Liará El Gobierno Nacional Por Decreto Separado, En El Año $ 480
Decreto 2640 de 1956 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerios de Guerra y de Obras Públicas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.