Artículo único . Autorizase al Ministerio de Educación Nacional (Colegio Mayor de Cundinamarca), para invertir de los fondos reservados del establecimiento, la suma de trece mil sesenta y siete pesos con cinco centavos ($ 13.067.05) moneda corriente, para atender a los gastos que demande la adaptación de tres salones, destinados a acondicionar en forma técnica el local en donde funciona la Escuela de Cerámica. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 1972 de 1958 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1972 de 1958 · Por el cual se autoriza un gasto con cargo a los fondos reservados del Colegio Mayor de Cundinamarca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.