° Créanse las siguientes escuelas primarias y que funcionarán el próximo año de mil novecientos, treinta y nueve: Urbanas. Una de varones en Villavicencio. Una de niñas en San Martín. Una mixta en El Calvario. Una mixta en Uribe. Rurales. Una mixta en Cháviva (Cabuyaro). Una mixta en San Juan de Arama (Uribe).
Decreto 300 de 1938 →Vigente
Artículo 1
Créanse Las Siguientes Escuelas Primarias Y Que Funcionarán El Próximo Año De Mil Novecientos, Treinta Y Nueve: Urbanas
Decreto 300 de 1938 · Por el cual se hacen algunas creaciones de escuelas y de Directores de establecimientos de enseñanza
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.