Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año económico de 1914, con la cantidad de mil ochocientos ochenta y dos pesos catorce centavos ($ 1,882-14), que llevará la siguiente imputación:
ministerio de gobierno
capitulo 2.° bis
Consejo de Estado.
Artículo 4.° bis. Sueldos de los empleados, del 17 al 31 de diciembre, así:
Las Oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto.