Harán parte de estos trabajos:
La construcción, conservación y mejoramiento de las vías que conducen a San Agustín y Tierradentro;
La construcción de los edificios que fueren necesarios para el museo arqueológico de San Agustín, edificios en los cuales debe destinarse una parte para hotel, donde puedan alojarse los visitantes y turistas y los empleados oficiales;
El arreglo conveniente y adecuado del lote de propiedad nacional destinado al parque arqueológico y a un jardín botánico;
La adquisición de los lotes que fueren necesarios para adelantar los trabajos de excavación y para la conservación, cuidado y vigilancia de los tesoros arqueológicos descubiertos y que se descubran en adelante;
La contratación de un técnico extranjero de reconocida competencia, que venga al país a organizar, reglamentar y dirigir los trabajos por el tiempo que se estime conveniente;
La edición de cartillas y folletos que sirvan de guía y de propaganda, y que serán distribuidos a los centros de turismo y entidades científicas e instruccionistas de todo el mundo por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores y de los Agentes Diplomáticos y Consulares del país;
La construcción de una planta eléctrica que suministre luz y energía a la población de San Agustín y a las dependencias del parque y del museo arqueológico;
El envío al Exterior de jóvenes iniciados en los estudios de arqueología, etnografía, antropología, geología y paleontología, para que hagan estudios de especialización en institutos que escoja el Gobierno y vengan luégo, a prestar al país sus servicios como jefes en los respectivos ramos y en la preparación de nuevo personal colombiano;
El acueducto y alcantarillado de San Agustín por cuenta de la Nación, y
Los demás trabajos y establecimientos que la técnica indique para estudios, observaciones e instituciones de esta clase.