Micelio

Artículo 2

Ley 9 de 1966 · Por la cual se fijan asignaciones a funcionarios de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Jueces Municipales de la Clase "B", devengarán la cantidad de dos mil quinientos pesos mensuales ($ 2.500.00), los Jueces Municipales de la Clase "C", los Jueces de Instrucción Criminal adscritos a las Brigadas Militares, y los Jueces Territoriales, devengarán la cantidad de dos mil pesos mensuales, ($ 2.000.00), cuando no sean abogados titulados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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