Los Jueces Municipales de la Clase "B", devengarán la cantidad de dos mil quinientos pesos mensuales ($ 2.500.00), los Jueces Municipales de la Clase "C", los Jueces de Instrucción Criminal adscritos a las Brigadas Militares, y los Jueces Territoriales, devengarán la cantidad de dos mil pesos mensuales, ($ 2.000.00), cuando no sean abogados titulados.
Ley 9 de 1966 →Vigente
Artículo 2
Ley 9 de 1966 · Por la cual se fijan asignaciones a funcionarios de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.