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Artículo 2.12.3.8.3.6

Procedimiento Para Realizar El Giro De Los Recursos Excedentes Acumulados En El Sector Salud Del Fonpet, Diferentes A Los De Lotto En Línea

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Procedimiento para realizar el giro de los recursos excedentes acumulados en el Sector Salud del Fonpet, diferentes a los de Lotto en Línea. Las entidades territoriales que no tengan obligaciones pensionales con el Sector Salud o que las tengan plenamente financiadas, destinarán los recursos excedentes acumulados en el Sector Salud del Fonpet, diferentes a los de Lotto en Línea, exclusivamente para el financiamiento del Régimen Subsidiado. Para estos efectos, se aplicará el procedimiento previsto por la ley, siguiendo las instrucciones operativas definidas por la Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual procederá a efectuar el giro de estos recursos al mecanismo único de recaudo y giro de que trata el artículo 31 de la Ley 1438 de 2011, o a quien haga sus veces, para que sean aplicados a la respectiva entidad territorial A su vez, cuando las entidades territoriales tienen pasivo pensional con el Sector Salud, pero se encuentra plenamente financiado, la entidad territorial presentará solicitud de retiro de los recursos excedentes acumulados en el Sector Salud del Fonpet, diferentes a los de Lotto en Línea, a la Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quien la revisará, y si la encuentra conforme a las normas vigentes, autorizará el giro de estos recursos excedentes al mecanismo único de recaudo y giro de que trata el artículo 31 de la Ley 1438 de 2011, o a quien haga sus veces, con base en el monto de recursos acumulados en el Sistema de Información del Fonpet a 31 de diciembre de la vigencia anterior. (Artículo 9° Decreto 630 de 2016)

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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