° Del plazo para presentar las ternas. Las ternas de candidatos a que se refieren los artículos 1°, 2° y 3° del presente Decreto, deberán ser presentadas al Presidente de la República, por intermedio del Presidente del Instituto de Seguros Sociales, dentro de los treinta días calendario anteriores al vencimiento del período de que trata el artículo 8° del Decreto número 2148 de 1992.
Decreto 120 de 1993 →Vigente
Artículo 5
Del Plazo Para Presentar Las Ternas
Decreto 120 de 1993 · por la cual se reglamenta el artículo 8° del Decreto número 2148 de diciembre 30 de 1992, sobre integración del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales, ISS.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.