Micelio

Artículo 11

Decreto 2740 de 2001 · por el cual se adoptan las políticas de desarrollo administrativo y se reglamenta el capítulo cuarto de la ley 489 de 1998 en lo referente al Sistema de Desarrollo Administrativo.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Departamento Administrativo de la Función Pública. Instancia rectora del Sistema de Desarrollo Administrativo, a quien corresponde

a)

Formular las políticas de desarrollo administrativo y difundirlas para la adecuada aplicación de los Comités de Desarrollo Administrativo;

b)

Establecer las metodologías para elaborar los planes de desarrollo administrativo y el adecuado funcionamiento del sistema;

c)

Prestar asesoría, acompañamiento y asistencia técnica a los Comités de Desarrollo Administrativo;

d)

Velar por la ejecución de las política de administración pública y de desarrollo administrativo;

e)

Recibir los planes sectoriales de desarrollo administrativo;

f)

Efectuar la evaluación posterior a la ejecución de los planes de desarrollo administrativo;

g)

Elaborar el informe anual de ejecución y resultados de las políticas de desarrollo administrativo para facilitar su consulta y divulgación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2740 de 2001