Contra las sentencias de segunda instancia existen los recursos de casación y revisión de acuerdo con las normas de este Código.
Decreto 1125 de 1950 →Vigente
Artículo 231
Contra Las Sentencias De Segunda Instancia Existen Los Recursos De Casación Y Revisión De Acuerdo Con Las Normas De Este Código
Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.