Micelio

Artículo 1

Decreto 726 de 1891 · Que revoca en todas sus partes el Decreto número 452 de 16 de Mayo de 1891

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo único. Revocase en todas sus partes el Decreto número 452 de 16 de Mayo de 1891, " por el cual se suspende el Colegio público de Cartago." En tal virtud el Gobierno seguirá auxiliando á dicho Colegio, desde el día en que continúe sus tareas, con la subvención anual de mil quinientos diez y siete pesos ($ 1,517) que le fue concedida por Decreto número 390 de 1889. La marcha que siga el Colegio determinará. la resolución definitiva del Gobierno en lo sucesivo respecto de tal establecimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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