° A los rectores vicerrectores académicos, jefes de bienestar estudiantil y jefes de unidad de los INEM, se les reconocerá el valor de diez (10) horas clase semanales y máxima cuarenta (40) horas mensuales por atención a más de una jornada escolar o paralela. A los rectores de los Institutos Técnicos Agrícolas que tengan alumnas cursando los cuatro semestres de la educación intermedia profesional se les reconocerá el valor de diez (10) horas clases semanales y máximo cuarenta (40) horas mensuales. A los subdirectores administrativos da los INEM, quienes cumplen la función de Secretario General de la entidad, y a los Directores de las CASD, se les reconocerá el quince por ciento (15%) adicional a su asignación básica mensual por atención a más de una jornada escolar o paralela. Cuando los jefes de departamento de los INEM atiendan personal docente de dos (2) jornadas se les reconocerá el valor de diez (10) horas clase semanales y máximo cuarenta (40) diarias mensuales.
El Ministerio de Educación Nacional autorizará mediante resolución éstos reconocimientos e implicará para los funcionarios una permanencia de ocho (8) horas diarias en los INEM, ITA o CASD, según el caso.