Micelio

Artículo 77

Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Procedimiento en caso de impedimento. En el mismo auto en que el Juez manifieste el impedimento, ordenará pasar el proceso al Juez que le sigo en turno.

Si se tratare de juez superior o Juez de circuito único, conocerá del impedimento el Tribunal Superior respectivo, por medio de su sala penal, y si de juez municipal, penal o promiscuo, único, conocerá el respectivo Juez de circuito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1345 de 1970