Artículo veintiséis . La Nación, los departamentos, les, municipios y las entidades descentralizadas podrán cooperar a la formación del patrimonio de la Corporación, suministrándole bienes de cualquier clase. Los aportes que se hagan a la Corporación no confieren derecho alguno al patrimonio de ella durante su existencia, ni faculta para intervenir en su administración por fuera de las normas estatutarias. CAPITULO VI Control fiscal
Decreto 918 de 1982 →Vigente
Artículo 27
Decreto 918 de 1982 · por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación Autónoma Regional del Tolima Cortolima".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.