Así mismo dispondrá el Poder Ejecutivo se haga una esploracion científica de la riqueza mineral de los lugares que pasan a espresarse, en este orden: 1.° Del cerro de Torrá i sus contornos, en el distrito de Nóvita; 2.° Del alto San Juan, sobre el cerro de Dujurá, en el distrito de Tadó; 3.° De las cabeceras del rio San Jorje, en el distrito de Sipí; i 4.° De la seccion de Condoto, en el distrito de San Pablo, en cuya seccion se encuentran los principales criaderos de platina.
Ley 62 de 1876 →Vigente
Artículo 2
Ley 62 de 1876 · Que dispone el trazado de un camino i fomenta la industria minera en el Municipio de San Juan, en el Estado soberano del Cauca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.