Micelio

Artículo 8

º Los Residentes En El País Que Regresen Al Territorio Nacional, Están Autorizados A Reimportar En Los Términos Del Capitulo Xxiii Del Decreto 2666 De 1984, Todos Los Artículos Que Exportaron A Su Salida Del País Y Que Se Encontraban En Libre Circulación, Siempre Que Los Hubieren Declarado En El Momento De Salida

Decreto 2057 de 1987 · por el cual se expiden normas referentes a equipajes y menajes y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los residentes en el país que regresen al territorio nacional, están autorizados a reimportar en los términos del Capitulo XXIII del Decreto 2666 de 1984, todos los artículos que exportaron a su salida del país y que se encontraban en libre circulación, siempre que los hubieren declarado en el momento de salida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2057 de 1987