El Gerente General del Instituto será agente del Presidente de la República, de su libre nombramiento y remoción, y tendrá las siguientes funciones
Dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos para el cumplimiento de las funciones del Instituto, conforme a las disposiciones legales, estatutarias y los acuerdos de la Junta Directiva. Cuando la cuantía de éstos exceda la suma de cien mil pesos ($ 100.000) se necesitará la autorización o la aprobación de la Junta Directiva;
Nombrar y remover conforme a las disposiciones legales, Reglamentarias y estatutarias pertinentes, el personal del Instituto, con excepción de aquellos funcionarios cuya designación corresponda a la Junta Directiva conforme a los estatutos;
Presentar anualmente al Presidente de la República, por conducto del Ministro de Hacienda, y a la Junta Directiva, los balances generales, el proyecto de aplicación de las utilidadeds y un informe sobre la marcha general de la entidad;
Presentar igualmente al Presidente de la República y al Ministro de Hacienda y Crédito Público los balances mensuales y los informes adicionales que le soliciten y practicar para ellos los estudios que le ordenen sobre la utilización racional de los bienes de la Administración Nacional, de la Contraloría General de la República y de la Procuraduría General de la Nación;
Someter a la consideración de la Junta Directiva el proyecto de presupuesto de ingresos, inversiones y gastos y las sugerencias que estime convenientes para el buen funcionamiento del organismo, y
Las demás que le señalen los estatutos y las que, refiriéndose a la marcha del Instituto, no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.