Micelio

Artículo 3

La División De Diseños Tendrá Las Siguientes Funciones

Decreto 1322 de 1983 · Por el cual se determinan las funciones de las divisiones y secciones pertenecientes a cada una de las oficinas, direcciones y subdirecciones del Ministerio de Obras Públicas y Transporte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 3º La División de Diseños tendrá las siguientes funciones. 3.1 Coordinar, revisar y presentar para su aprobación a la Subdirección de Proyectos, los diseños para carreteras nacionales y sus obras complementarias, elaborados directamente por firmas consultoras. 3.2 Elaborar proyectos estándar de estructuras y drenajes destinados a ser empleados como soluciones de rutina en las tareas de conservación y construcción de carreteras cuando las condiciones técnicas lo permitan. 3.3 Colaborar con las respectivas dependencias en el estudio y control de problemas de orden geológico. 3.4 Realizar los trabajos de topografía requeridos para los proyectos a cargo de la División y la revisión de replanteos en los proyectos que se estén realizando por contrato. 3.5 Mantener el control del archivo central de planos, memorias, documentos y demás informes técnicos a cargo de a Subdirección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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