º Todo pago requiere haber sido aprobado en el Acuerdo de Gastos y ordenado previamente por los funcionarios competentes. En consecuencia, éstos y los respectivos Pagadores o Tesoreros responderán por las contravenciones a las normas en materia fiscal, contractual y presupuestal, personal y pecuniariamente de los perjuicios que causen a la Nación.
Decreto 2834 de 1989 →Vigente
Artículo 8
º Todo Pago Requiere Haber Sido Aprobado En El Acuerdo De Gastos Y Ordenado Previamente Por Los Funcionarios Competentes
Decreto 2834 de 1989 · Por el cual se reglamenta la Ordenación del Gasto en el Ministerio Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.