Micelio

Artículo 1

Decreto 76 de 1876 · Que recuerda los servicios prestados a la República por el señor José Hilario Cifuentes en la época de la Independencia i les concede una pensión a sus tres hijas solteras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único . Se concede a las señoras Susana, María de Jesus i Concepcion Cifuéntes una pension de diez pesos mensuales a cada una de ellas, pagadera del Tesoro nacional, miéntras permanezcan solteras, i con derecho a su acrecimiento en caso de muerte en favor de las sobrevivientes.

Parágrafo

Esta pension se pagará del mismo modo que se pagan las pensiones de los militares de la Independencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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