Micelio

Artículo 3

Estructura Orgánica De Las Direcciones Regionales

Decreto 1725 de 1997 · por el cual se organiza internamente y se distribuyen las funciones de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Estructura Orgánica de las Direcciones Regionales. Las Direcciones Regionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, podrán contar con las siguientes dependencias

1.

Despacho del Director Regional.

2.

División Servicio de Información.

3.

División Servicio de Desarrollo Humano.

4.

División de Estudios Económicos.

5.

División de Planeación. Artículo 3º. Estructura Orgánica de las Direcciones Regionales. Las Direcciones Regionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, podrán contar con las siguientes dependencias: 1. Despacho del Director Regional. 2. División Servicio de Información. 3. División Servicio de Desarrollo Humano. 4. División de Estudios Económicos. 5. División de Planeación.

6.

División Financiera y Administrativa.

7.

División de Control Interno. 8 División de Investigaciones Disciplinarias.

Parágrafo

La Dirección Regional podrá ser ejercida por un funcionario diferente a aquellos que se desempeñen como administradores locales de la jurisdicción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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