Micelio

Artículo 4

º El Instituto Colombiano De La Juventud Y El Deporte Coldeportes, Si Se Trata De Federaciones Deportivas Nacionales O Las Juntas Administradoras Seccionales De Deportes, Si Se Trata De Clubes O Ligas, Otorgarán Personería Jurídica Por Resolución Motivada, A Los Organismos Deportivos Que Cumplan Los Requisitos Y Procedimientos Que Se Indican En El Decreto 2845 De 1984 Y Las Presentes Normas

Decreto 380 de 1985 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2845 de 1984, y se dictan disposiciones sobre organizaci?n deportiva

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte Coldeportes, si se trata de Federaciones Deportivas Nacionales o las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes, si se trata de clubes o ligas, otorgarán personería jurídica por resolución motivada, a los organismos deportivos que cumplan los requisitos y procedimientos que se indican en el Decreto 2845 de 1984 y las presentes normas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 380 de 1985