La Oficina Central rendirá su cuenta mensual, a la Administración General de Correos en donde se examinará, fenecerá e incorporará en la general del ramo, conforme a las reglas establecidas para las cuentas de las Administraciones Principales y Agencias Postales.
Ley 68 de 1916 →Vigente
Artículo 8
Ley 68 de 1916 · Por la cual se organiza el servicio de giros postales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.