Micelio

Artículo 61

El Departamento De Planeamiento Y Reglamentación, Planea, Actualiza, Y Coordina Los Servicios Que Deben Prestar Las Unidades Policiales, Proyecta Y Estudia Las Modificaciones Que Requiere La Reglamentación Institucional Y Vela Por Su Estricto Cumplimiento

Decreto 1667 de 1966 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Departamento de Planeamiento y Reglamentación, planea, actualiza, y coordina los servicios que deben prestar las Unidades Policiales, proyecta y estudia las modificaciones que requiere la reglamentación institucional y vela por su estricto cumplimiento. Propondrá al Director General de la Policía, las inquietudes y sugerencias que de acuerdo con la práctica del servicio y el desarrollo de las órdenes estime que deben considerarse por parte de las entidades y autoridades con capacidad para expedir y modificar reglamentos y órdenes de Policía, con el objeto de brindarles una eficaz colaboración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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