Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Del Ministerio De Obras Publicas Departamento Del Atlántico

Decreto 1459 de 1945 · Por el cual se hacen unos traslados al Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Departamento del Atlántico. Capítulo 89. Del artículo 1580. Para adquisición de equipos para el Terminal de Barranquilla y Bocas de Ceniza, y para conservación y reparación del actualmente en servicio $ 360.000.00 Intendencia del Amazonas. Capítulo 93. Del artículo 1729-A. Para la construcción del camino Leticia-Tarapacá 100.000.00 Suman los contracréditos $ 460.000.00 AL MINISTERIO DE GUERRA Capítulo 39. Al artículo 420-A. Para apertura de caminos y colonización militar en los Territorios Nacionales $ 100.000.00 AL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 89. Departamento del Atlántico. Al artículo 1568-B. Para atender a los gastos que demanden los trabajos de dragados en las Bocas de Ceniza 360.000.00 Suman los créditos $ 460.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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