Micelio

Artículo 2.6.4.3.1.1.3

Financiación De Las Actividades De Educación, Información Y Fomento De La Salud Y De Prevención Secundaria Y Terciaria De La Enfermedad

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Financiación de las actividades de educación, información y fomento de la salud y de prevención secundaria y terciaria de la enfermedad. En el proceso de compensación, la ADRES, para cada período, reconocerá a las EPS y EOC, un valor per cápita, definido por el Ministerio de Salud y Protección Social, para la financiación de actividades de educación, información y fomento de la salud y de prevención secundaria y terciaria de la enfermedad.

Las EPS y EOC presentarán al Ministerio de Salud y Protección Social la información correspondiente a la ejecución de estos recursos.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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